El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 resolvió admitir como amparo colectivo la demanda presentada por familias de estudiantes de escuelas técnicas públicas contra el artículo 30 de la ley de Presupuesto 2026.
Se trata del primer caso a nivel nacional que reconoce la afectación colectiva del recorte al financiamiento de la educación técnico-profesional.
La resolución reconoce que existe una “afectación común y homogénea” sobre el conjunto de estudiantes del sistema educativo técnico estatal, por lo que la causa tramitará con efectos para toda la clase involucrada y no solo para los demandantes individuales.
La demanda, impulsada por Agustín Letcher, Tamara Bezares, Pablo González, Gabriel Ponce, Adrián Ojeda, Gerardo Marchesini y Rodolfo Zárate, impugna las modificaciones introducidas por el Presupuesto nacional, que eliminaron mecanismos clave de financiamiento como el Fondo Nacional de Educación Técnico Profesional (creado por el artículo 52 de la Ley 26.058 de 2005), el piso del 6% del PBI para educación, el 1% para ciencia y tecnología, y el fondo de defensa.
Educación Debate dialogó con Gerardo Marchesini, exdirector Ejecutivo del Instituto Nacional de Educación Técnica, (INET) y uno de los impulsores del amparo.
-¿Cuál es la importancia de esta primera resolución judicial?
-Este fallo reconoce que hay una afectación común y homogénea sobre todo el conjunto de estudiantes de la educación técnico-profesional y por eso le da trámite al amparo colectivo. Es un paso muy importante porque reconoce que se afecta a toda la educación técnico-profesional, no solo a los damnificados que presentaron el recurso. Reconoce que no se trata de casos aislados, sino de una afectación estructural al derecho de la educación técnica.
-¿Cómo afecta la Ley de Presupuesto 2026 a la Educación Técnica?
-El artículo 30 de la Ley de Presupuesto derogó cuatro fondos, uno de ellos es el previsto en el artículo 52 de la Ley 26.058 de Educación técnico-profesional sancionada en 2005, con el que se sustentan las escuelas técnicas, escuelas agrotécnicas, los centros, los institutos de formación superior técnica y los centros de formación profesional. El universo afectado es de 1.800.000 estudiantes aproximadamente”.
Pedimos la cautelar porque los daños ya se están produciendo. Las escuelas, los centros de formación profesional y los institutos técnicos ya están desfinanciados
-¿Cuáles son las características del amparo que presentaron ustedes?
-El primer planteo que hicimos fue pedir la inconstitucionalidad porque hay una regresión de derechos. La ley de presupuesto regula el ejercicio fiscal de un año, ingresos y egresos, y entendemos que no es constitucional que una ley que tiene vigencia de un año derogue otras leyes que tienen más de 20 años de vigencia, como en el caso del Fondo de Educación técnico-profesional.
-La demanda incluye un pedido de medida cautelar para suspender de inmediato los efectos del artículo 30, mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre su constitucionalidad.
-Pedimos la cautelar porque los daños ya se están produciendo. Las escuelas, los centros de formación profesional y los institutos técnicos ya están desfinanciados. Ya venían desfinanciados por incumplimiento de la ley y en este momento están con financiamiento mínimo o nulo, y eso afecta el normal desarrollo del derecho a la educación con daños irreparables.
Según los impulsores, el fondo que correspondía por ley para este año ascendía a 320.000 millones de pesos, pero solo se asignaron 11.000 millones, es decir, poco más del 3% de lo que establece la normativa vigente.
Con la declaración de acción colectiva, cualquier estudiante, familia o institución afectada en el país podrá adherir a la causa. Los demandantes esperan que el juzgado resuelva pronto la medida cautelar solicitada.
-¿Qué expectativas tienen respecto de la resolución de la cautelar y que pasará con la cuestión de fondo que es la constitucionalidad o no de la Ley de Presupuesto?
-La cautelar es inminente. Las cautelares no se pueden demorar mucho. Decís que sí o que no. Estamos esperando que salga para frenar el daño que ya se ocasiona sobre el sistema, mientras se define la cuestión de fondo. La cuestión de fondo, la constitucionalidad del artículo 30, seguramente llegará eventualmente a la Corte Suprema de Justicia y allí se resolverá.
